Los derechos humanos en el Ecuador

Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos nos pertenecen por igual a todos y cada uno de nosotros

Convention on the Rights of the Child. Three girls stand together in Congo.

Los derechos humanos son normas que reconocen y protegen la dignidad de todos los seres humanos. Estos derechos rigen la manera en que los individuos viven en sociedad y se relacionan entre sí, al igual que sus relaciones con el Estado y las obligaciones del Estado hacia ellos.

Las leyes relativas a los derechos humanos exigen que los gobiernos hagan determinadas cosas y les impide hacer otras. Las personas también tienen responsabilidades; así como hacen valer sus derechos, deben respetar los derechos de los demás. Ningún gobierno, grupo o persona individual tiene derecho a llevar a cabo ningún acto que vulnere los derechos de los demás.

Universalidad e inalienabilidad

Los derechos humanos son universales e inalienables. En todas partes del mundo, todas las personas tienen derecho a ellos. Nadie puede renunciar voluntariamente a sus derechos. Y nadie puede arrebatárselos a otra persona.

Indivisibilidad

Los derechos humanos son indivisibles. Ya sean civiles, políticos, económicos, sociales o culturales, son inherentes a la dignidad de todas las personas. Por consiguiente, todos comparten la misma condición como derechos. No hay derechos “pequeños”. En los derechos humanos no existen jerarquías.

Interdependencia e interrelación

El cumplimiento de un derecho a menudo depende, total o parcialmente, del cumplimiento de otros derechos. Por ejemplo, el ejercicio efectivo del derecho a la salud puede depender del ejercicio efectivo del derecho a la educación o a la información.

Igualdad y no discriminación

Todas las personas son iguales como seres humanos y en virtud de su dignidad intrínseca. Todas las personas tienen derecho al disfrute de sus derechos humanos, sin discriminación alguna a causa de su raza, color, género, origen étnico, edad, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, discapacidad, posición económica, circunstancias de su nacimiento u otras condiciones que explican los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos.

Participación e inclusión

Todas las personas y todos los pueblos tienen derecho a contribuir, disfrutar y participar activa y libremente en el desarrollo civil, político, económico, social y cultural, a través de lo cual los derechos humanos y las libertades fundamentales pueden hacerse efectivos.

Rendición de cuentas y Estado de Derecho

Los Estados y otros garantes de derechos deben respetar las normas y los principios jurídicos consagrados en los instrumentos de derechos humanos. Cuando no lo hacen, los titulares de derechos que han resultado perjudicados tienen derecho a entablar un proceso ante un tribunal competente u otra instancia judicial, en busca de una reparación apropiada, y de conformidad con las normas y los procedimientos previstos en la ley.

Las principales características de los derechos humanos

Como hemos concretado, los derechos humanos son fundamentales para que vivamos en un entorno donde reinen la justicia y la libertad. De ahí sus características, que pueden resumirse en 10 aspectos claves:

1. Los derechos humanos son derechos intrínsecos.
Es decir, todas las personas los tienen por el hecho de nacer.

2. Son derechos irrenunciables.
Nadie puede renunciar a ellos, ni siquiera por propia voluntad, y por eso mismo son también intransferibles.

3. Son derechos inalienables.
Por lo que nadie los puede suprimir bajo ninguna circunstancia ni se puede despojar de ellos a ninguna persona.

4. Los derechos humanos son derechos universales.
Esta característica es fundamental, y significa que todas las personas tienen los mismos derechos sin discriminación alguna y que se aplican a cualquier persona de cualquier parte del mundo.

5. Son derechos interdependientes.
La estrecha relación entre derechos o grupo de derechos también es clave, ya que el avance de uno favorece el progreso de los demás, mientras que la privación de uno perjudica al ejercicio del resto. El desarrollo integral de las personas es un todo, y, por ejemplo, su derecho a la educación no será efectivo si no tiene a la vez otros derechos -a la salud, al trabajo, a la vivienda, a la libertad de expresión, de tránsito, etcétera- para poderlo disfrutar plenamente.

6. Son derechos indivisibles.

Todos los derechos humanos merecen la misma atención y tienen la misma vigencia. Ni se puede prescindir de uno, ni se puede disfrutar de uno a costa de otro, porque todos ellos se encuentran unidos y forman parte de un todo, de una misma construcción. No hay, pues, separación ni jerarquía entre ellos, y los derechos civiles y políticos tienen el mismo peso que los derechos económicos, sociales y culturales.

Los derechos humanos son derechos y libertades fundamentales que tenemos todas las personas por el mero hecho de existir. En Amnistía Internacional trabajamos para que se respeten en todos los rincones del planeta.

8. Son derechos imprescriptibles.
Los derechos humanos no prescriben, no tienen fecha de caducidad por ningún motivo.

9. Son derechos inderogables.
Aunque esta característica admite matices. Algunas normas internacionales, regionales o nacionales de derechos humanos contemplan la posibilidad de que esa inderogabilidad no afecte por igual a todos los derechos y legitiman a los Estados para que, de forma excepcional, puedan derogar algunos. En todo caso, hay un grupo de derechos que deben ser respetados siempre, sin excepción, como el derecho a la vida; a no ser esclavizado o a no ser torturado; a no recibir tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes; y a la no discriminación por motivos de raza, religión, origen social.

Estás son entre otras características que se conoce.
Todos nacen con los mismos derechos humanos y libertad.

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